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Servicio · Independientes y contratistas

Contador para independientes en Medellín

Soy Sergio Navarro, Contador Público en Medellín. Ayudo a trabajadores independientes, contratistas por prestación de servicios y profesionales a cumplir con la DIAN y con la seguridad social: declaración de renta, aportes a la PILA, facturación electrónica y RUT. Atención presencial en Medellín y remota en toda Colombia.

+6
años de experiencia
+300
clientes atendidos
4,8 ★
calificación en Google
Hoy
respondo el mismo día hábil

¿Cuándo te sirve un contador?

Como independiente, nadie hace los trámites por ti: respondes directamente por tus impuestos y tus aportes. Un contador te sirve, sobre todo, en estos casos:

Las obligaciones de un independiente

Estas son las obligaciones más comunes de un trabajador independiente en Colombia. Cuáles te aplican depende de tu RUT, tus ingresos y tu actividad.

ObligaciónCada cuántoAnte quién
Aportes a salud y pensión, y a riesgos laborales (ARL) si tienes contrato de prestación de servicios de más de un mesMensual, con la planilla PILAEPS, fondo de pensiones y ARL
Declaración de renta (formulario 210)Anual, si superas alguno de los topesDIAN
Factura electrónicaCada vez que vendes o prestas un servicio, si estás obligado a facturarDIAN
Declaración de IVA (formulario 300)Cuatrimestral en la mayoría de los casos, solo si eres responsable de IVADIAN
Actualización del RUTCada vez que cambian tus datos, tu actividad o tus responsabilidadesDIAN
Información exógenaAnual, si superas los topes que fija la DIANDIAN

Las fechas exactas dependen de los últimos dígitos de tu documento o NIT y del calendario de cada año.

Dos formas de trabajar conmigo

Puedes contratarme solo para lo puntual o dejarme el acompañamiento de todo el año. Los valores son de referencia: el valor final, con los impuestos que apliquen, queda por escrito antes de empezar.

Declaración de renta

Si solo necesitas declarar renta una vez al año

Precio cerrado

según la complejidad de tu caso

  • Revisión de tu información exógena
  • Cruce con tus certificados de ingresos y retenciones
  • Aplicación de costos, deducciones y rentas exentas
  • Verificación de saldo a favor
  • Presentación ante la DIAN
Ver el servicio de renta →

Plan Básico mensual

Para independientes y personas naturales con actividad económica

~ $400.000

/ mes aprox · según tu situación

  • Registro contable mensual
  • Liquidación y presentación IVA
  • Retención en la fuente
  • Acompañamiento DIAN básico
  • Orientación e implementación de facturación electrónica

Cómo trabajamos

Me cuentas tu caso

Por WhatsApp me dices cómo recibes tus ingresos (contratos, cuentas de cobro o facturas), si tienes otros ingresos y qué te preocupa. Reviso tu RUT para confirmar tus responsabilidades.

Te digo qué te aplica y cuánto cuesta

Te explico qué obligaciones tienes y te doy el valor por escrito, con los impuestos que apliquen. Nada empieza sin tu aprobación.

Hacemos el trabajo

Preparo tu declaración, reviso tus aportes o dejo lista tu facturación, según lo acordado. Te pido solo los documentos necesarios.

Te explico el resultado

Te lo explico en palabras simples y quedo disponible por WhatsApp para tus dudas.

Herramientas gratis para independientes

Si quieres resolver algo por tu cuenta antes de escribirme, estas herramientas calculan en tu navegador, sin registro:

Por qué conmigo

Llevo más de seis años en contabilidad, auditoría y tributación nacional y territorial, y he atendido a más de 300 clientes entre personas naturales, independientes y empresas.

El mejor de todos, muy paciente y explica demasiado bien para aquellos que solo sabemos gastar pero no sabemos de donde salio la plata 😭🩵

Valeria P. · reseña en Google

Puedes ver más reseñas de Google, donde tengo una calificación de 4,8.

Preguntas frecuentes

¿Un trabajador independiente tiene que declarar renta?
Sí, si cumple al menos uno de los topes del año: patrimonio bruto a 31 de diciembre superior a 4.500 UVT; ingresos brutos iguales o superiores a 1.400 UVT; o compras y consumos, consumos con tarjeta de crédito, o consignaciones, depósitos e inversiones por más de 1.400 UVT. También debe declarar si es responsable de IVA. Como el valor de la UVT cambia cada año, revisa los topes en pesos del año que vas a declarar.
¿Cuánto paga de seguridad social un independiente?
Si tienes contrato de prestación de servicios, cotizas sobre el 40% del valor mensualizado del contrato, sin incluir IVA. Sobre esa base, llamada IBC, pagas 12,5% de salud y 16% de pensión, el fondo de solidaridad pensional si el IBC llega a 4 salarios mínimos, y la ARL según tu clase de riesgo. El IBC no puede ser menor a un salario mínimo ni mayor a 25. En riesgo IV y V la ARL la paga el contratante.
¿Tengo que facturar electrónicamente o me sirve la cuenta de cobro?
Depende de tu caso. Por regla general no estás obligado a facturar si eres persona natural y cumples todas las condiciones para no ser responsable de IVA del parágrafo 3 del artículo 437 del Estatuto Tributario, o si solo prestas servicios no gravados con IVA y tus ingresos por esa actividad no llegan a 3.500 UVT ni en el año anterior ni en el año en curso. Si estás obligado, debes expedir factura electrónica. Si no lo estás, puedes cobrar con una cuenta de cobro, y tu cliente debe generar el documento soporte en adquisiciones a no obligados a facturar.
¿Qué puedo restar en mi declaración de renta si soy independiente?
Si tus ingresos son honorarios o pagos por servicios personales, debes elegir entre dos caminos: restar los costos y gastos de tu actividad que puedas soportar, o tomar la renta exenta del 25%, que tiene un límite de 790 UVT al año. Según tu caso, también puedes tener otros beneficios, como la deducción por intereses de crédito de vivienda. En general, las rentas exentas y deducciones juntas no pueden superar el 40% de tus ingresos depurados ni 1.340 UVT al año. Elegir bien entre costos y el 25% es parte del servicio.
¿Cuándo un independiente pasa a ser responsable de IVA?
Si prestas servicios gravados con IVA, pasas a ser responsable cuando dejas de cumplir alguna de las condiciones del parágrafo 3 del artículo 437 del Estatuto Tributario. Las más comunes: que tus ingresos brutos de la actividad lleguen a 3.500 UVT en el año anterior o en el año en curso, que celebres un contrato de servicios gravados por 3.500 UVT o más, o que tus consignaciones, depósitos o inversiones de la actividad gravada superen ese mismo valor. Si tus ingresos vienen de contratos con el Estado, el límite es de 4.000 UVT. En ese caso debes actualizar tu RUT, cobrar IVA, facturar y declarar.
¿Un independiente está obligado a llevar contabilidad?
Por regla general no, si no eres comerciante. Por ejemplo, la prestación de servicios propios de una profesión liberal no es una actividad mercantil según el artículo 23 del Código de Comercio. Si ejerces el comercio, sí estás obligado, como todo comerciante según el artículo 19 del mismo código. En todo caso, conserva los soportes de tus ingresos, costos y deducciones: la DIAN puede pedírtelos para revisar tu declaración de renta.

Hablemos de tu caso

Cuéntame cómo recibes tus ingresos y qué te preocupa. Te digo qué obligaciones tienes y cómo te puedo ayudar, sin compromiso.

Escríbeme por WhatsApp

¿Buscas otra cosa? Mira mis servicios contables, el servicio de declaración de renta, el de contabilidad para pymes, el de información exógena o las plantillas gratis en Excel.

Importante: la información de esta página es de carácter orientativo y corresponde a la normatividad vigente a octubre de 2026. No sustituye una asesoría sobre tu caso: tus obligaciones dependen de tu RUT, tus ingresos y tu actividad. El valor del plan mensual es de referencia; el valor final queda en la propuesta escrita.